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Es el sistema extrajudicial de resolución de conflictos entre consumidores – usuarios (quienes adquieren o usan determinados productos o servicios) y empresarios (quien se los proporciona) a través del cual, se resuelven las reclamaciones relacionadas con el comercio y la prestación de servicios, siempre que el conflicto no implique delito, intoxicación, lesión o muerte.

Ambas partes se someten voluntariamente al sistema arbitral, aceptando así, de mutuo acuerdo la intervención de terceras personas, (árbitros) para que intenten una solución razonada al conflicto, que será de obligado cumplimiento para ambas partes (laudo) y pondrá fin al conflicto.

El arbitraje sí es un procedimiento reglado. El laudo arbitral es de carácter vinculante y ejecutivo, a diferencia del acuerdo conciliatorio, puede ejecutarse por los juzgados y tribunales.

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