Área Municipal de Comunicación
Con fecha 15 de julio de 2021 se ha publicado el siguiente anuncio en el Boletín Provincial de Toledo (BOP):
ANUNCIO
El pleno del Ayuntamiento de Consuegra, en sesión ordinaria del pleno del Ayuntamiento de Consuegra, celebrada el día 1 de julio de 2021, aprobó con carácter provisional la modificación parcial de la Ordenanza reguladora de la tasa por uso de los terrenos de dominio público. Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 22.2.d) y 107 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, se somete el expediente de modificación parcial de la Ordenanza citada a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el “Boletín Oficial” de la provincia de Toledo, para que los interesados puedan examinar los expedientes respectivos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobada definitivamente la modificación de la Ordenanza referida con anterioridad. En previsión de lo cual, se publica el texto íntegro de la modificación aprobada provisionalmente, cuyo texto íntegro es el siguiente:
1. MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR USO DE LOS TERRENOS DE DOMINIO PÚBLICO
El artículo 5, apartado 6, de la Ordenanza reguladora de la tasa por uso de terrenos de dominio público, quedaría redactado de la siguiente forma:
“La temporada se extenderá del 15 de marzo al 15 de septiembre de cada año. Únicamente podrá ampliarse este periodo por motivos excepcionales, siendo uno de ellos la situación de crisis sanitaria. La situación de excepcionalidad se establecerá mediante decreto de Alcaldía.
Las tasas serán las establecidas en la presente Ordenanza para los periodos regulados en el apartado anterior, incluidas las ampliaciones de la temporada por motivos excepcionales –aplicándose en este último caso la tasa de forma proporcional a la ampliación acordada–, salvo los periodos regulados en la Ordenanza fiscal reguladora del régimen y la tasa por ocupación de terrenos de uso público con quioscos, puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones y similares, y siempre que los eventos de su artículo 5.2.b se celebren.
Durante el resto del año, las tasas serán las establecidas en la Ordenanza fiscal reguladora del régimen y la tasa por ocupación de terrenos de uso público con quioscos, puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones y similares, y previa solicitud de los interesados el Ayuntamiento podrá conceder, si lo estimase conveniente, nueva licencia en su caso”.
Consuegra, 6 de julio de 2021.–El Alcalde, José Manuel Quijorna García.
Anuncio BOP exposición al público
Ordenanza completa sin modificar
Ordenanza completa mofificada
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