
Con objeto de facilitar al máximo el cumplimiento de las obligaciones tributarias periódicas, en esta página damos a conocer las fechas en las que se girarán cada uno de los tributos municipales durante el presente ejercicio, así como una breve descripción de cada uno de ellos.
Para la consulta de todas las vigentes Ordenanzas Fiscales AQUÍ.
Los datos que se expresan a continuación son meramente informativos, por lo que se recomienda que para cualquier duda o consulta se dirijan a los Servicios Económicos de este Ayuntamiento (tlf. 925 48 01 85 – Ext. 1-3).
Con fecha 19 de noviembre de 2025, el Director General del OAPGT, en virtud de las facultades que le atribuye el artículo 14 de los Estatutos del Organismo Autónomo Provincial de Gestión Tributaria de Toledo, adoptó la siguiente: RESOLUCIÓN 30202/2025 Aprobar el Calendario Tributario del año 2026 comprensivo del plazo de pago en período voluntario de los tributos y precios públicos, cuya recaudación por recibo ha sido delegada en la Diputación Provincial de Toledo, y que se relacionan a continuación:
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PERIODO DE COBRO VOLUNTARIO:
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
- Impuesto municipal directo, de carácter real, gestionado íntegramente por los Ayuntamientos, y que grava la titularidad de los vehículos de tracción mecánica, aptos para circular por las vías públicas. El obligado al pago es quien figure como titular del vehículo en el permiso de circulación el 1 de enero de cada año, y en los casos de primera adquisición el día en que se produzca dicha adquisición.
- Plazo de pago voluntario: Del 1 de marzo de 2026 al 4 de mayo de 2026, ambos inclusive
- Fecha de cargo en cuenta de los recibos domiciliados: 4 de mayo de 2026.
Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
- Impuesto municipal directo, de carácter real, obligatorio, cuyo hecho imponible es la propiedad de bienes inmuebles de naturaleza rústica o urbana situados en el término municipal o la titularidad de una concesión administrativa sobre dichos bienes o sobre los servicios públicos a los que estén afectados, y grava el valor de los referidos inmuebles sobre la base del valor catastral determinado conforme a lo dispuesto en las normas reguladoras del Catastro Inmobiliario, a distintos tipos hasta un máximo de 1,30% para los bienes urbanos y de 1,22% para los bienes rústicos. Este Impuesto se devenga anualmente
- Plazo del pago voluntario: Del 1 de mayo de 2026 al 6 de julio de 2026, ambos inclusive
- Fecha de cargo: Bienes de naturaleza rústica, 6 de julio de 2026; Bienes de naturaleza urbana, 6 de julio de 2026 y 2º plazo del fraccionamiento especial 5 de octubre de 2026; Bienes de características especiales, 6 de julio de 2026
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
- Impuesto municipal directo, de carácter real, cuyo hecho imponible está constituido por el mero ejercicio en territorio municipal de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se devenga anualmente.
- La cuota a pagar se calcula en función de distintos factores (tipo de actividad, superficie empleada, importe neto de la cifra de negocios etc.). Los tipos mínimos son publicados por el Gobierno y pueden ser adaptados por cada Ayuntamiento.
- Plazo de pago voluntario: Del 1 de septiembre de 2026 al 2 de noviembre de 2026, ambos inclusive
- Fecha de cargo: 21 de octubre de 2026.
Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos (Plusvalias)
- Impuesto municipal directo, voluntario, de carácter real y gestionado íntegramente por los Ayuntamientos, cuyo hecho imponible está constituido por el incremento de valor que experimenten los terrenos de naturaleza urbana y que se ponga de manifiesto a consecuencia de la transmisión de la propiedad de los mismos, por cualquier título, o de la constitución o transmisión de la propiedad de cualquier derecho real de goce, limitativo del dominio, sobre los referidos terrenos.
- El tipo de gravamen del impuesto será el fijado por cada Ayuntamiento, sin que dicho tipo pueda exceder del 30%. La base imponible de este impuesto está constituida por el aumento del valor del terreno (definido éste como un porcentaje del valor catastral del terreno, en función de los años transcurridos desde la compra).
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)
- Impuesto indirecto, de carácter real, voluntario y gestionado íntegramente por los Ayuntamientos, cuyo hecho imponible está constituido por el coste real de cualquier construcción, instalación u obra. El plazo de presentación e ingreso de la deuda resultante, es en general, 30 días hábiles siguientes a aquel en que se haya notificado la autorización de la correspondiente licencia urbanística.
Tasa de Basura
- La tasa de basuras (o tasa de gestión de residuos) es un tributo municipal obligatorio en España que pagan los ciudadanos y empresas para cubrir el coste real de recoger, transportar y tratar los residuos urbanos.
- Plazo de pago voluntario: 1º Semestre de 2026: Del 1 de mayo de 2026 al 6 de julio de 2026, ambos inclusive.
- Fechar de cargo: 21 de octubre de 2026.
Tasas y precios públicos
- Precio público es la contraprestación dineraria que el Ayuntamiento recibe por la prestación de un servicio de solicitud voluntaria por el contribuyente, en igualdad de condiciones que el sector privado y en régimen de Derecho público, tal como define el artículo 24 de la Ley de Tasas y Precios Públicos.
- Tasa es la que se paga por el aprovechamiento especial del dominio público, la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de Derecho público que, o bien es de solicitud obligatoria por parte del contribuyente, o bien dicho servicio no puede realizarse en modo alguno por el sector privado.
- Tanto la tasa como el precio público son ingresos públicos de derecho público que obtiene el Ayuntamiento, aunque solamente la tasa se trata de un tributo. En el caso de la tasa, el pago puede cubrir como máximo el importe real del servicio, mientras que el pago de un precio público debe cubrir como mínimo este importe, por ello se permite obtener beneficios solamente en el caso del precio público.
- Plazo de pago voluntario:: Del 1 de septiembre de 2026 al 2 de noviembre de 2026, ambos inclusive
- Fecha de cargo: 21 de octubre de 2026
Tasa por suministro de agua y demás conceptos asociados, ejercicio 2025:
- Plazo de pago voluntario: 4º Trimestre de 2026: Del 1 de febrero de 2026 al 31 de marzo de 2026, ambos inclusive.
- Fecha de cargo en cuenta de los recibos domiciliados: 31 de marzo de 2026
- Plazo de pago voluntario: 2º Semestre de 2026 y 1º Trimestre de 2026: Del 1 de mayo de 2026 al 30 de junio de 2026, ambos inclusive.
- Fecha de cargo: 30 de junio de 2026.
- Plazo de pago voluntario: 2º Trimestre de 2026: Del 1 de agosto de 2026 al 30 de septiembre de 2026, ambos inclusive.
- Fecha de cargo: 30 de septiembre de de 2026.
- Plazo de pago voluntario: 1º Semestre de 2026: Del 1 de septiembre de 2026 al 2 de noviembre de 2026, ambos inclusive.
- Fecha de cargo: 21 de octubre de 2025.
- Plazo de pago voluntario: 3º Trimestre de 2026: Del 1 de noviembre de 2026 al 31 de diciembre de 20265, ambos inclusive.
- Fecha de cargo: 30 de diciembre de 2026.
Tasas de propiedad inmobiliaria:
- Plazo de pago voluntario:
- Primer semestre 2026: Del 1 de mayo de 2026 al 6 de julio de 2026, ambos inclusive.
- Anual y segundo semestre 2026: Del 1 de septiembre de 2026 al 2 de noviembre de 2026, ambos inclusive.
- Fecha de cargo:
- Primer semestre 6 de julio de 2026
- Anual y segundo semestre 21 de octubre de 2026
(*) El presente calendario puede ser objeto de modificación. Las modificaciones que se pudieran producir no significarán en ningún caso el adelanto o reducción del plazo de cobro voluntario, dándose a conocer en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo y en la Web del OAPGT.










