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Convocatoria Asamblea CUAS Consuegra-Villacañas 7 de agosto de 2020

Por el presente Edicto se convoca a todos los usuarios de la COMUNIDAD DE USUARIOS DE LA MASA DE AGUA SUBTERRANEA CONSUEGRA-VILLACAÑAS, a la Asamblea General Ordinaria, la cual tendrá lugar el VIERNES, día 7 DE AGOSTO de 2020 a las 17:30 horas en primera convocatoria, y en caso de no alcanzarse en ella el quorum establecido, en segunda convocatoria a las 18:00 horas del mismo día,en el Auditorio Municipal, calle Malecón, 12 de VILLAFRANCA DE LOS CABALLEROS (Toledo), con arreglo al siguiente ORDEN DEL DÍA:

1. Lectura y aprobación del acta anterior, de la Asamblea General Ordinaria de 27 de junio de 2019.
2. Examen y aprobación, si procede, de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio anual 2019.
3. Examen y aprobación, si procede, de los presupuestos de ingresos y gastos, y de las cuotas para distintos usos y servicios para el año 2020, a propuesta de la Junta de Gobierno.
4. Ruegos y preguntas.

Derecho de Asistencia a la Asamblea General Ordinaria y otros

(I) Ante la situación generada por la pandemia del COVID-19, y con el objeto de salvaguardar la salud y la seguridad de los usuarios, empleados y personas que intervienen en la preparación y celebración de la
Asamblea se adoptaran las medidas con carácter especial en relación a la Asamblea General Ordinaria:

-Se recomienda a los usuarios que vayan a asistir físicamente a la Asamblea General Ordinaria que respeten las medidas de seguridad recomendadas y, en su caso, las impuestas por las autoridades sanitarias para evitar la propagación del COVID-19.

– Que la mejor forma de garantizar a los usuarios el derecho de voto, con garantía para su salud y la de los demás, es recomendar a los mismos encarecidamente que ejerciten su derecho de voto mediante la delegación de voto en otro usuario.

(II) Para asistir a la Asamblea con voz y voto, será preciso estar inscrito en el censo de usuarios de esta CUAS, y acreditar su personalidad mediante exhibición de DNI, CIF y poder en el caso de dministradores y/o representantes, y estar al corriente de pago de las cuotas (art. 22 Estatutos).

Tienen voz y voto aquellos usuarios que, no estando inscritos en el censo: i) acrediten su condición de ctual usuario mediante la documentación de inscripción en la confederación hidrográfica del Guadiana que justifique la titularidad de los aprovechamientos y su ubicación en esta Masa y, ii) acrediten su personalidad mediante exhibición de DNI, CIF y poder en el caso de administradores y/o representantes.
Y estar al corriente de pago de las cuotas (art. 22 Estatutos).

Podrán ejercer su derecho al voto personalmente o por medio de un representante legal o voluntario.
Para esta última, será suficiente la autorización expresa y escrita, bastanteada por la secretaria de la

Edicto en pdf

 

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