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Documentos de Archivo. 1890 Un año de cólera

Área Municipal de Comunicación

Archivo Municipal

Con motivo de unas atípicas Ferias y Fiestas 2020 que el Coronavirus nos ha privado de celebrarlas como se merecen, desde el Archivo Municipal compartimos los siguientes documentos que reflejan la difícil situación que vivió Consuegra, al igual que la mayor parte de España, durante todo el siglo XIX, a causa de los estragos que provocó la epidemia de Cólera. En concreto, se hace referencia al último brote colérico surgido en el año 1890, y que por desgracia nos recuerda los momentos actuales por lo que estamos pasando.

A pesar de todo, el pueblo siguió manteniendo el espíritu festivo, y pedirán por activa y pasiva a sus autoridades que no suspendan la celebración de sus fiestas patronales, aunque como se verá con escaso éxito.

En el primer documento se publican las medidas sanitarias aprobadas por la Junta Municipal de Sanidad para hacer frente a la epidemia: control de personas y productos que entraban y salían de la población, creación de hospitales de campaña, constitución de juntas de socorros por distrito, desinfección de calles, entre otras.

En el segundo y tercero se recogen las suplicas de los vecinos al Sr. Alcalde para que se levantara la suspensión de las próximas ferias, alegando que la situación sanitaria en la población ya no revestía gravedad, al no contabilizarse casos, y además que en poblaciones vecinas como la de Madridejos las fiestas se habían celebrado con total normalidad. El recurso fue desestimado, y seguidamente ruegan que al menos se celebre una novillada, pero la decisión ya estaba tomada, ese año, el de 1890, no había nada que celebrar.


DOCUMENTOS DE ARCHIVO

DOCUMENTO 1: Relación de medidas acordadas, para hacer frente a la epidemia.

     “Sesión extraordinaria del 9 de Agosto de 1890.

      En la villa de Consuegra a nueve de Agosto de mil ochocientos noventa, siendo las diez de la mañana se reunieron en la sala de sesiones del Ayuntamiento para tratar de los medios de cumplir el acuerdo de la Junta Municipal de Sanidad de ayer, sobre medida de precaución contra el cólera, según la papeleta de convocatoria repartida oportunamente a domicilio, bajo la providencia de Don Antonio Rebato Sánchez, alcalde constitucional de la misma, (…)

     Abierta la Sesión, fue leída el acta de la de ayer que celebró la Junta Municipal de Sanidad, así como la circular del 4 número 43 del Gobierno de esta provincia, prohibiendo los cordones y lazaretos interiores y advirtiendo que serán entregados a los Tribunales Ordinarios las autoridades que contravengan a esta disposición, o dejen de dar inmediatamente frente de la presentación de cualquiera enfermedad sospechosa de contagio. Enterada la Corporación del primer particular del Señor Presidente, se convino en que haya diez y seis guardas que vigilen de día y noche alrededor del pueblo la entrada de personas y de toda clase de géneros, frutas y ropas, deteniendo y dando cuenta inmediatamente de cuantos por su procedencia o por su apariencia les infundiese sospecha, al objeto de practicar los oportunos reconocimientos y determinar lo que en cada caso corresponda. = Con respecto al segundo particular del referido acuerdo se dispuso adquirir desinfectantes de todas clases y fumigadores, tres tiendas de  campaña y cuanto haga falta para combatir el mal (…) = Para el Hospital de Coléricos se acordó designar la Plaza de Toros y para el de Observación se acordó solicitar el molino que llaman de Don Antonio, cuyos locales se habilitarán convenientemente.= También acordó el Ayuntamiento invitar a todas las personas que por sus cargos, posición y sentimientos deban formar en cada distrito las Juntas de Socorros (…)= Se autorizó a la Comisión que preside el Sr. Cordovés para la adquisición de tres camas completas y demás enseres que hagan falta en el Hospital de Coléricos y en el de Observación, para la asistencia de los enfermos pobres y personas que convenga aislar o poner en observación. = También se acordó aumentar la Junta de Sanidad, con todos los facultativos que consten en la localidad, y que no pertenecen a ella, disponiéndose por último la publicidad de un bando mandando limpiar todas las calles y vías públicas, y prohibiendo el remover hasta nueva orden los estercoleros que haya en las casas de los labradores, bajo la multa de veinticinco pesetas, la cual se impondrá también a los vendedores de frutas y hortalizas de fuera de la localidad, (…)= A los Señores Tenientes de Alcalde, se les autorizó para que por sí o con las comisiones de inspección higiénica, hagan cuantos reconocimientos estimen necesarios en los puestos y establecimientos públicos de venta, así como en las posadas y casas donde recojan forasteros, imponiendo multas discrecionales hasta el máximo que autoriza la ley municipal (…)”

Firma del Alcalde


DOCUMENTO 2 y 3: Súplicas vecinales.

“Al Ayuntamiento

     Los que suscriben vecinos de esta villa suplican al Ayuntamiento se sirva acordar que la Feria de este año se verifique en los días de costumbre toda vez que la salud pública en ella y pueblos inmediatos y hasta muy distantes, es inmejorable y no ha habido en ellos ni siquiera un caso sospechoso, en cuyo criterio sin duda se han inspirado otras corporaciones que no la han suspendido como fuese en la inmediata villa de Madridejos”

Consuegra 17 de septiembre de 1890

Firmas (…)

 

“Señor Alcalde Constitucional de esta villa.

     Los que suscriben ve.inos de esta villa, deseosos de que con arreglo a los primeros acuerdos del ayuntamiento, a la costumbre y a cuanto permiten las  actuales circunstancias sanitarias de esta comarca y hasta en circular del Ministerio de la Gobernación tenga efecto siquiera una corrida de Novillos, en lugar de la de Toros, que primeramente se proyectó para la tarde de este día (…)

Providencia de la Alcaldía = Se niega el permiso solicitado. Notifíquese en forma para que usen de su derecho los interesados de la manera que autoriza la ley provincial de lo que se les enterará debidamente. Don Antonio Rebato Sánchez, alcalde constitucional de esta villa de Consuegra, lo firma en ella a veinte de septiembre de mil ochocientos noventa, del que yo el secretario certifico”

Firmas (…)

 


Y cómo última curiosidad, en el mismo legajo se guarda BANDO MUNICIPAL de la ciudad de Aranjuez, remitido al Ayuntamiento de Consuegra, por el cual se comunica que la feria suspendida en su fecha habitual por culpa de la pandemia, quedaba aplazada al mes de octubre de ese mismo año de mil ochocientos noventa.

Archivo Municipal de Consuegra.

(Sig. 405/002-Seccion Festejos)

Jose Luís García-Moreno Galán / Archivero Municipal
archivomunicipal@aytoconsuegra.es
@archivomunconsuegra

 

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