Presupuesto General 2025. Aprobación definitiva

 

Aprobación del PRESUPUESTO GENERAL correspondiente al Ejercicio Económico 2025 del Ayuntamiento de Consuegra.

 


APROBACIÓN INICIAL (BOP nº 84 de 7 de mayo de 2025).

Acuerdo del Pleno de fecha 25/04/2025, de la Entidad Consuegra, por el que se aprueba inicialmente el Presupuesto General para el ejercicio 2025. Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de esta Entidad, de fecha 25/04/2025, el Presupuesto General, para el ejercicio económico 2025, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de esta Entidad  http://consuegra.sedelectronica.es.

De conformidad con el acuerdo adoptado el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.

Consuegra 5 de mayo de 2025.-La Alcaldesa-Presidenta, María Luisa Rodríguez García.

Certificado acuerdo aprobación inicial Presupuesto General 2025 (Pleno 25/04/2025). Expediente 393/2025

Anuncio BOP Nº 84 – 07/05/2025.  Aprobación inicial Presupuesto 2025. 

APROBACIÓN DEFINITIVA (BOP nº 103 de 3 de junio de 2025).

Acuerdo del pleno de fecha 29 de abril de 2025, de la entidad de Consuegra, por el que se aprueba definitivamente el presupuesto general para el ejercicio 2025.

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto general del ejercicio 2025 al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Consuegra, 29 de mayo de 2025.–La Alcaldesa, María Luisa Rodríguez García

Anuncio BOP Nº 103 – 03/06/2025.  Aprobación definitiva Presupuesto 2025


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