Servicios Esenciales de las Entidades Locales
Publicamos CIRCULAR 21/2020 de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) por la cual hacen relación de los SERVICIOS ESENCIALES que deben seguir en activo por las Entidades Locales, en base al Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.
«Estimado/a Alcalde/sa, Presidente/a:
Como información complementaria al Real Decreto aprobado ayer (que te remito), ESTOS que te detallo son los SERVICIOS ESENCIALES que la Federación Española de Municipios y Provincias considera que deben ser prestadas necesariamente por las Entidades Locales:
- Policía Local
- Bomberos y Protección Civil
- Recogida de basura
- Limpieza Viaria
- Ayuda a Domicilio
- Teleasistencia
- Violencia de Género
- Aguas y red de abastecimiento
- Alumbrado público
- Limpieza de edificios y dependencias municipales
- Servicios Sociales (atención ciudadanía y población vulnerable)
- Atención a la Ciudadanía (telefónica y telemática)
- Servicio de Informática.
- Servicios de mantenimiento para la atención de urgencias en viales y espacios públicos
- Secretaría
- Intervención
- Tesorería
- Registro General
- Servicio de Obras
- Servicios Funerarios y Cementerio
- Responsables unidades administrativas
- Transporte
- Servicio de atención y protección a los animales
Además, y como sabrás el RD 10/2020, de 29 de marzo, recoge las actividades esenciales que pueden ser realizadas por el sector público y privado hasta el próximo día 9 de abril. Un Real Decreto que te adjunto en este correo
Saludos cordiales.- Abel Caballero Álvarez .- Presidente de la FEMP y Alcalde de Vigo»
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