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Convocatoria de subvenciones-becas escuelas infantiles 2021

Área Municipal de Comunicación

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Se publica la convocatoria para la concesión de subvenciones/ayudas municipales para la escolarización de niños/as menores de tres años en escuelas infantiles de enero 2021 a diciembre 2021 del municipio de Consuegra.


De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/582957)

Primero: Objeto.
El objeto de las presentes bases es la concesión de ayudas para la escolarización de niños/as menores de tres años en escuelas infantiles de titularidad privada del municipio de Consuegra, para beneficiar a familias en situación de exclusión, satisfacer la necesidad de conciliar la vida familiar y laboral y favorecer el empleo y formación de mujeres víctimas de violencia de género.

La beca subvencionara, las mensualidades pagadas entre los meses de enero y diciembre del año 2021.
El mínimo de horas de escolarización para generar derecho a beca guardería es de 4 horas diarias de asistencia, y cubrirá exclusivamente gastos de enseñanza.

La Escuela Infantil deberá estar ubicada en el municipio de Consuegra, cumplir los requisitos y condiciones mínimas previstas en la normativa educativa, y disponer de la correspondiente autorización administrativa para impartir enseñanzas del primer ciclo de Educación Infantil, así como estar al corriente de todas sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social.

Segundo: Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios/as de estas ayudas los padres, madres, tutores o representantes legales de alumnos/as que cursen el primer ciclo de Educación Infantil de 0 a 3 años (1º, 2º y 3º de Educación Infantil) en las escuelas infantiles privadas ubicadas en el municipio de Consuegra, durante el curso escolar 2021, que cumplan todos los requisitos previstos en las presentes bases. Los alumnos/as deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) El niño/a deberá contar al menos con 16 semanas en la primera mensualidad en la que se solicite la ayuda y tener su domicilio familiar en el municipio de Consuegra.

b) Designar una escuela Infantil privada ubicada en el municipio de Consuegra, con autorización administrativa para impartir el primer ciclo de Educación Infantil (entendida esta como educación en guardería 0 a 3 años).

c) Aportar, junto a la solicitud, la documentación exigida en las bases reguladoras.

d) No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Tercero: Cuantía de la ayuda.
La cantidad total prevista para la presente convocatoria de ayudas del curso 2021 es de 10.000 €. En el caso de existir más solicitudes que importe, este se prorrateará entre las solicitudes existentes.

El importe de la subvención individual máximo será de 90 euros por cada mensualidad pagada (meses de ENERO hasta DICIEMBRE del año 2021), por alumno/a.

En ningún caso el importe concedido podrá superar el precio total del servicio fijado por la escuela infantil privada. Si el precio de la escuela infantil fuese menor, éste será el importe máximo del cheque escolar.

En función del baremo aplicable, la beca de guardería tendrá una cuantía de 90, 70 o 50 euros mensuales por alumno/a.

Cuarto: Plazo de presentación de solicitudes.
Se tendrá un plazo de 20 días naturales para poder realizar la solicitud, desde la fecha de publicación en el BOP de las correspondientes bases.

Las solicitudes se dirigirán a la Concejalía de Promoción Empresarial del Ayuntamiento de Consuegra, podrán solicitar información telefónica en el 925-139008.

Quinto: La solicitud deberá ser acompañada por la siguiente documentación.
– Solicitud cumplimentada.
– Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social y con Hacienda.
– Fotocopia completa de la última declaración del Impuesto sobre la Renta 2020, de la unidad familiar.
– En caso de no haber presentado la Declaración, certificado de la Delegación de Hacienda acreditando de no haberla presentado.
– Trabajadores por cuenta ajena: fotocopia de la última nómina
– Trabajadores autónomos: fotocopia del último pago fraccionado del ejercicio económico.
– En caso de desempleo, certificado del órgano competente, en el que se haga constar la prestación que se perciba.
– Justificante actualizado de cualquier percepción de rentas y pensiones.
– Documentos acreditativos de todas aquellas situaciones que por baremo sean susceptibles de puntuación:
– DNI de los padres o tutores legales.
– Libro de familia.
– Certificado de empadronamiento y convivencia.

Para solicitar certificado de empadronamiento y convivencia hay que adjuntar el DNI.

Anuncio BOP Nº 177 – 15-9-2021. Convocatoria subvenciones escuelas infantiles

Bases y Solicitud Becas Guardería 2021 (completas en pdf)

Anexo I. Solicitud

Certificado de secretaría acuerdo JGL 14/01/2021


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