Convocatoria de subvenciones para las Asociaciones del ámbito socio-sanitario, educativo y de igualdad de CONSUEGRA | 2021 Solicitud
Se publica la convocatoria para la concesión de subvenciones/ayudas municipales para las asociaciones del ámbito socio‐sanitario, educativo y de igualdad del municipio de Consuegra para el ejercicio de 2021.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/594618)
PRIMERO. OBJETO.
Es objeto de la convocatoria regula la concesión de ayudas destinadas a asociaciones locales legalmente constituidas, que no persigan ánimo de lucro, para la realización de aquellas actividades que constituyen el contenido principal de los programas destinados a la consecución de logros y objetivos de naturaleza social, sanitaria y educativa que desarrollen en el ejercicio de 2021 y para los que soliciten subvención.
Son subvencionables, los proyectos programados con la finalidad pública o interés social, que se realicen en el año 2021 y que se refieran a las siguientes modalidades:
–Salud.
–Bienestar Social.
–Mayores.
–Mujer.
–Educación.
Se destinará un mínimo de 6.000,00 euros para cada área/modalidad siempre y cuando existan proyectos y partida presupuestaria, el excedente de crédito se repartirá entre las distintas áreas.
SEGUNDO. BENEFICIARIOS.
Las entidades solicitantes deberán cumplir una serie de condiciones:
a) Que funcionen sin ánimo de lucro.
b) Que las actividades a realizar tengan carácter abierto y público.
c) Que se hallen inscritas en el Registro de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Consuegra. Excepcionalmente, podrán verse beneficiadas aquellas asociaciones que aún sin estar inscritas en el Registro del Ayuntamiento, sí estén inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones, o en el Registro de asociaciones de Castilla-La Mancha que realicen actividades en interés del municipio.
d) Tener su domicilio social y desarrollar su actividad efectiva en Consuegra, acreditándolo como mínimo con un año de antelación.
e) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como con el Ayuntamiento de Consuegra y sus entidades dependientes.
f) No estar incurso en ninguna de causas establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
g) Demostrar su capacidad técnica y de recursos para llevar a cabo los programas y proyectos que van a ejecutar.
TERCERO. SOLICITUDES
Los interesados deberán presentar solicitud según modelos (anexo 1), debiendo presentarse junto con los documentos que en su caso debieran acompañarse conforme a lo establecido en las presentes bases y de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se presentarán de forma telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Consuegra.
Si la solicitud no reuniese los requisitos señalados, o no se adjuntase la documentación necesaria, se requerirá al solicitante, para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. De no cumplirse dicho requerimiento, se considerará que la entidad desiste de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el “Boletín Oficial” de la provincia de Toledo.
A la solicitud (anexo 1) se deberá acompañar la siguiente documentación:
a) Fotocopia de los estatutos de la entidad, copia del CIF o NIF, si no se hubieran presentado en ejercicios anteriores, o éstos hubieran sufrido alguna modificación.
b) Documentos que acrediten la inscripción en los Registros Oficiales que procedan, solo en el supuesto de ser la primera vez que solicita subvención.
c) Ficha de terceros, debidamente cumplimentada, solo en el caso de ser la primera vez que solicita subvención.
d) Certificados de estar al corriente con la Hacienda Municipal, Seguridad Social y Agencia Tributaria.
e) Programa de actividades a desarrollar durante el ejercicio 2021, en el que se determinen:
–Título de la actividad.
–Objetivos que se pretenden alcanzar.
–Destinatarios.
–Actividades programadas y plazo de realización.
–Fechas y lugares de celebración.
Presupuesto económico de las actividades objeto de subvención, especificando los ingresos y gastos previstos, y concretando, en su caso, las aportaciones de otras entidades.
f) Cuanta documentación complementaria se considere oportuna, incluyendo cartelería y/o programa de la actividad: certificado número de socios, documentación personal contratado, declaración responsable de otras ayudas o subvenciones, certificado de ingresos.
Consuegra, 8 de noviembre de 2021.–El Alcalde, José Manuel Quijorna García.
Anuncio BOP Nº 5567 – 15-11-2021. Convocatoria subvenciones Socio-Sanitarias Consuegra
Decreto de aprobación de bases
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