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Directrices a cumplir en eventos multitudinarios

Área Municipal de Comunicación

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Tras ser examinado en la Junta de Gobierno del pasado cuatro de junio el comunicado de la Delegación Provincial de Sanidad sobre la normativa actual para los eventos multitudinarios durante el verano de 2021 (R.E. 2021/2657 de 28/05/2021) se informa a la ciudadanía de la misma. 


En este sentido el art. 5 del Decreto 55/2021, de 8 de mayo establece:

  • Los eventos multitudinarios que cuenten con medidas de control de aforo y localidad preasignada se regirán por los preceptos de este decreto reguladores de la actividad.
  • No se permitirán eventos multitudinarios en los que no se pueda controlar el aforo y no pueda garantizarse una localidad preasignada. Se considerará, a efectos de este decreto, evento multitudinario aquel que concentre simultáneamente a cien o más personas en espacios al aire libre o cincuenta o más personas en espacios cerrados.
  • En los eventos que no se pueda controlar el aforo o no pueda garantizarse una localidad preasignada, que concentre simultáneamente a menos de cien personas y más de treinta personas en espacios al aire libre o menos de cincuenta y más de veinte personas en espacios cerrados se deberá realizar una evaluación del riesgo por parte de la autoridad sanitaria conforme a lo previsto en el documento “Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por COVID-19 en España”, acordado en la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. En función de esta evaluación, cada evento de estas características deberá contar con la autorización de la autoridad sanitaria.

En virtud de lo anterior, para realizar este tipo de actividades (en las que no se pueda controlar el aforo o no pueda garantizarse una localidad preasignada) los organizadores necesitarán una resolución de la Delegada Provincial de Sanitad, que autorice el evento, que será otorgada siempre que el Servicio de Salud Pública evalué el riesgo inherente al acto de forma favorable. Para ello, se solicitará a los organizadores la presentación de la planificación del evento detallada, indicando medidas de prevención y control adecuadas para reducir  el riesgo de transmisión durante el acto, adjuntando documento emitido por el ayuntamiento en el que conste la autorización de uso del espacio municipal que se va a utilizar para su celebración del evento.

Con carácter general, teniendo en cuenta el documento RECOMENDACIONES PARA EVENTOS Y ACTIVIDADES MULTITUDINARIAS EN EL CONTEXTO DE NUEVA NORMALIDAD POR COVID-19 EN ESPAÑA, es necesario que a la hora de autorizar el uso se tenga en cuenta por la autoridad municipal que los espacios donde se va a permitir realizar el evento sean los adecuados para garantizar el cumplimiento de las medidas higiénico sanitarias por parte de los organizadores y titulares de las actividades. Por ello la manera más efectiva de mitigar al máximo los riesgos es el uso de instalaciones al aire libre acordes a la actividad a desarrollar, teniendo en cuenta:

  • Que el espacio permita el control del aforo.
  • Que el espacio cuente con puntos de acceso que permitan una entrada y salida ordenada y escalonada.
  • Que el espacio permita el cumplimiento del aforo, que todos los asistentes cuenten con butacas pre asignadas y que todos los asistentes estén sentados con mantenimiento de la distancia interpersonal.
  • Que el espacio está adaptado a la actividad que se desarrolle en el evento: escénica, deportiva, taurina, etc.
  • Que se facilite la utilización adecuada de los baños, evitando aglomeraciones.
  • Que se refuercen los protocolos de limpieza y desinfección de las instalaciones.

Asimismo, esta Autoridad Sanitaria desaconseja el uso de espacios de tránsito público para realizar eventos multitudinarios (por ejemplo, una plaza) al objeto de evitar la aglomeración de personas que supondría la concentración de los participantes del evento, con las personas que circulen por la vía pública o que realicen otro tipo de actividad (por ejemplo, usuarios del servicio de restauración en terrazas).

Sin nada más que añadir, aprovecho la ocasión para saludarle atentamente, solicitando la máxima colaboración en este asunto, ya que cuanto más se adapten los espacios en que se realicen eventos multitudinarios a los requisitos higiénico sanitarios establecidos normativamente para frenar la expansión del virus, la capacidad para mitigar los riesgos de contagio será mayor, facilitando la planificación de las medidas de prevención y control que deben realizar los organizadores y titulares responsables de los eventos.

Se reitera la importancia de seguir siendo responsables a la hora de cumplir las recomendaciones.

Normativa en eventos multitudinarios. Delegación Provincial de Sanidad 25/05/2021.


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#JuntosLoConseguiremos #NoBajesLaGuardia #NoLoTiresPorLaBorda #Responsabilidad 

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